Durante casi dos años la pregunta se repitió sin respuesta clara: ¿la reforma pensional va o no va? El 25 de agosto de 2026 la Corte Constitucional puso fecha. La respuesta corta es que sí va, pero no todavía: el nuevo sistema empieza a operar el 1 de abril de 2027.
Hasta entonces no cambia absolutamente nada en el trámite de tu pensión. Vale la pena repetirlo porque en redes ya circulan publicaciones dando por hecho que el sistema nuevo arrancó.
Qué decidió exactamente la Corte
La Sala Plena revisó el trámite legislativo de la Ley 2381 de 2024 y, con una votación de 7 contra 1, declaró exequible la mayor parte del texto. Ese pronunciamiento quedó recogido en la Sentencia C-264 de 2026.
Pero el aval no fue total. La Corte encontró que un grupo de artículos —nueve, según el conteo que difundió el propio tribunal— se aprobaron sin cumplir todos los pasos del debate parlamentario. En vez de tumbarlos, ordenó devolverlos a la Cámara de Representantes para que rehaga la votación como corresponde. El Congreso tiene 30 días hábiles contados desde la notificación de la sentencia para discutirlos, votarlos y remitir un informe de vuelta a la Corte.
Los artículos devueltos no son de relleno. Tocan tres frentes sensibles: el régimen de transición, las normas operativas y el esquema de implementación del nuevo sistema. Es decir, justamente las reglas que determinan a quién le aplica la reforma y cómo se pone en marcha.
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Por qué abril de 2027 y no julio de 2025
El texto original de la ley preveía que el sistema arrancara el 1 de julio de 2025. No alcanzó: en junio de 2025 la Corte suspendió la entrada en vigencia mediante el Auto 841 de 2025, mientras estudiaba las demandas contra el trámite.
Con la suspensión levantada, hacía falta un calendario nuevo. La Corte fijó el 1 de abril de 2027, dejando un margen para que el Congreso corrija los artículos pendientes y para que Colpensiones, las administradoras y los empleadores adapten sus sistemas. Trasladar la afiliación de más de veinte millones de cotizantes a un esquema distinto no es un cambio que se haga de un mes para otro.
Qué rige mientras tanto
Entre hoy y el 31 de marzo de 2027 se aplica la Ley 100 de 1993, con las modificaciones de la Ley 797 de 2003. Sin excepciones y sin cambios operativos. Eso significa que siguen intactos:
- La edad de pensión: 57 años para mujeres, 62 para hombres.
- Las semanas mínimas en Colpensiones: 1.300 para hombres y 1.250 para mujeres en 2026, que bajan 25 cada año hasta llegar a 1.000 en 2036 por la Sentencia C-197 de 2023.
- La elección entre Colpensiones y un fondo privado, con traslado permitido cada 5 años y prohibido cuando faltan 10 años o menos para la edad de pensión.
- La fórmula de cálculo de la mesada, la Garantía de Pensión Mínima y la devolución de saldos.
Si te vas a pensionar en los próximos meses, tu trámite se resuelve con estas reglas. Lo que decida el Congreso sobre los artículos devueltos no te alcanza.
El cronograma todavía puede moverse
Conviene no tratar el 1 de abril de 2027 como una fecha grabada en piedra. Hay dos factores que podrían estirarla.
El primero es el propio trámite de corrección. Si la Cámara no alcanza a votar los nueve artículos dentro de los 30 días hábiles, o si lo hace de una manera que la Corte considere insuficiente, se abre un nuevo capítulo procesal.
El segundo son las demandas de fondo. La Corte revisó vicios de forma —cómo se aprobó la ley—, no el contenido de cada artículo. Ya hay más de cien demandas anunciadas contra puntos sustanciales del texto, y los fondos privados agrupados en Asofondos han sido explícitos en su rechazo: sostienen que la reforma afecta el ahorro, elimina la libertad de escoger sistema y traslada una deuda considerable a las generaciones jóvenes. También hay congresistas que anunciaron proyectos para derogar o modificar partes de la ley antes de que arranque.
Nada de eso frena hoy la vigencia fijada, pero sí explica por qué cualquier cálculo bajo el sistema nuevo debe leerse como una proyección y no como una certeza.
Lo que sí puedes hacer desde ya
Aunque el sistema nuevo no haya arrancado, hay una decisión que se toma con la información de hoy: saber si la reforma te va a aplicar o no.
El artículo 75 de la Ley 2381 estableció un régimen de transición para quienes ya llevan buena parte del camino recorrido. Las mujeres con 750 semanas cotizadas o más y los hombres con 900 semanas o más se pensionan con las reglas de la Ley 100, sin importar su edad ni cuánto les falte. Para esas personas el nuevo sistema es, en la práctica, una noticia que no las toca.
Si no llegas a ese umbral, la reforma sí te aplicará desde abril de 2027 y vale la pena entender cómo funcionará el nuevo esquema de cotización.
Puedes revisar tu caso en la guía del régimen de transición o mirar el panorama completo en la página de la reforma pensional.
Y mientras tanto, tu simulación
Todos los cálculos de Pensionate usan la normativa que rige hoy, porque es la que determina tu pensión si te retiras antes de abril de 2027 y la que te seguirá aplicando de por vida si quedas en el régimen de transición.
Simula tu caso con las reglas vigentes y revisa cuántas semanas llevas: ese número es, hoy por hoy, el dato que más define tu futuro pensional.